Proponen establecer en la Ley de Educación el conocimiento financiero

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Legisladores dan a conocer iniciativa que pretende modificar el Código Penal en materia de delitos de tránsito, para dar claridad y certeza jurídica en artículos que tipifican conductas por el manejo de vehículos bajo el influjo de alcohol o algún narcótico.

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En la Sesión de la Comisión Permanente la diputada Karla Esmeralda Rivera Rodríguez propuso adicionar los artículos 13, 53 y 59 de la Ley de Educación del Estado de Zacatecas, con el objetivo de establecer que la educación impartida en el Estado persiga, entre otros, el conocimiento financiero a través de herramientas, información, e instrucción, que les permita comprender conceptos, productos, servicios, riesgos y beneficios financieros, a efecto de que puedan tomar decisiones informadas para mejorar su calidad de vida e impulsar su desarrollo.

En específico, se propone impartir educación de manera oportuna, para que dé un lugar prioritario al buen manejo de sus finanzas, otorgándole así las herramientas necesarias para lograr enfrentar los retos que presenta un mundo cada día más complejo. 

Delitos de tránsito

Posteriormente, el diputado Martín Álvarez Casio presentó la iniciativa mediante la cual propone modificar el Código Penal para el Estado de Zacatecas, en materia de delitos de tránsito, y derogar y modificar artículos de la aludida ley penal del Estado, lo que, aseguró el promovente, no implicará ningún riesgo de impunidad, pues el contenido de los numerales respectivos está contemplado en el texto vigente de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas.

La iniciativa de decreto está encaminada a dar claridad y certeza jurídica en artículos que tipifican conductas por el manejo de vehículos automotor bajo el influjo de alcohol o algún narcótico, que prohíben rebasar invadiendo carril, en curva, pendiente, columpio, elevación de terreno o lugares sin visibilidad, y que prohíben estacionarse sobre la carretera, sin luces, sin abanderamiento, en curva o columpio, comportamientos que, sentencia, por su naturaleza no merecen una sanción criminal sino administrativa.

Feminicidio

El legislador Martín Álvarez Casio también propuso a sus homólogos modificar el Código Penal para el Estado de Zacatecas en materia de feminicidio, para añadir agravantes a tal delito en razón de la edad de la víctima, su vulnerabilidad, desventaja social, su condición de discapacidad y subordinación en la función pública.  La propuesta es incluir en el Código Penal que, comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.

A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de treinta a cincuenta años de prisión y multa de trescientas a trescientas sesenta y cinco veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento en que se cometió el delito. La pena aumentará hasta en un tercio, tratándose de víctima menor de edad, embarazada, adulta mayor, con discapacidad o que pertenezca a pueblos indígenas o afromexicanos, así mismo, cuando el sujeto activo sea servidor público y haya incurrido en la conducta aprovechando tal carácter.

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